Este mes, la Comunidad de Madrid ha impulsado una línea de teléfono que tramitará los avisos de ocupación ilegal en los hogares de la región, con la misión de resolverlas en las primeras horas una vez sean notificadas. El número es el 900 205 112, también conocido como ‘112 Ocupación’, y a él pueden llamar todas aquellas personas que tengan alguna noticia de una entrada ilegal en una vivienda, ya sea el propio dueño o un testigo de los hechos.
Según ha informado el Gobierno autonómico, estos avisos crearán un dispositivo de atención con dos vertientes: la policial, para poder confirmar los sucesos e iniciar un proceso de resolución si son verídicos; y social, con el objetivo de proporcionar una alternativa habitacional a las personas que han cometido los hechos, evitando así situaciones de desamparo.
El responsable de Presidencia, Justicia e Interior, Enrique López, ha acudido a las instalaciones de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 para dar a conocer el nuevo servicio. En este edificio trabaja desde hace aproximadamente un mes el Centro de Coordinación Municipal (Cecom), el cuál operará la línea telefónica.
Este servicio de ‘112 Ocupación’ está compuesto por policías locales de diferentes municipios de la región y técnicos del 112 que han recibido una formación concreta para atender las llamadas. Por el momento, funciona en horario de 7:30 a 23:30 horas, pero según el Gobierno se acabará añadiendo un turno de noche. De todos modos, aún fuera del horario establecido, también se puede comunicar la sospecha de un suceso delictivo a través del 112.
El proceso que se lleva a cabo cuando se recibe un aviso de una supuesta ocupación ilegal consta de una serie de pasos. El agente que recibe la llamada tiene que identificar al denunciante, recoge la ubicación de la vivienda y manda una patrulla para comprobar la veracidad de los sucesos comunicados. Si se verifica que se ha producido una entrada ilegal, porque los okupas no tienen un título legal que acredite que son propietarios para estar en el inmueble, los agentes del ‘112 Ocupación’ se ponen en contacto directamente con el Registro de la Propiedad y, de forma inmediata, reciben los datos del dueño y los documentos que lo acreditan como tal.
Dichos documentos son los necesarios para deshacer la entrada ilegal, siempre que se realice durante las primeras horas de la misma. No hay un precepto legal que concrete cuál es la franja de tiempo con la que cuentan las autoridades, pero la jurisprudencia viene aprobando el plazo de dos días (48 horas) para llevar a cabo estos casos.
Respecto a la atención social, se abrirá un expediente en los servicios pertinentes con la movilización en el lugar de los hechos de personal de inspección y atención. La resolución se notificará a los juzgados para que tomen medidas dirigidas a evitar situaciones de exclusión residencial.