Siempre os hablamos cuando la ocupación ya ha ocurrido, pero la realidad es que debido a las normativas que hoy existen en España frente a estos casos, lo mejor es llevar a cabo acciones de seguridad en la vivienda para prevenir o poder resolver rápidamente una ocupación.
¿Qué dice la ley al respecto?
La ley establece un tiempo limitado de 48hs para dar aviso y poder accionar frente a una ocupación. Esto significa que, durante ese plazo, el propietario puede realizar la correspondiente denuncia y las fuerzas de seguridad están avaladas legalmente para realizar el desalojo, sin la necesidad de una orden judicial previa. Una vez pasado este tiempo, el propietario deberá aguardar al proceso judicial mediante el cual un juez determinará cuáles serán los pasos a seguir frente a la situación (algo que puede llevar mucho tiempo).
Por esto mismo, es fundamental el accionar inmediato del propietario para que la situación no se vuelva en su contra. Pero para ello, primero debe enterarse de la ocupación, y en ese caso dependerá únicamente, del servicio de seguridad en la vivienda con el que cuente.
Servicio de seguridad de viviendas
Cámaras de seguridad, vigilancia privada las 24hs del día, cerraduras para puertas de alta seguridad, sistemas de infrarrojos que detectan movimientos, trabas especializadas para evitar la abertura de ventanas, alarmas que dan aviso en caso de invasión de la propiedad, etc. Las opciones para contratar son muchas, lo más importante es poder instalar alguna de ellas para tener, al menos, un mínimo control de lo que sucede en tu propiedad y así poder accionar rápidamente frente a una ocupación.
Conclusión
La seguridad en la vivienda es clave, ya que es la herramienta que te permitirá estar un paso adelante de los okupas ya sea para prevenir su delito o bien para solucionarlo lo antes posible, sin tener que pasar por un proceso legal tedioso y extenso.