Ya os hemos hablado sobre el protocolo de actuación policial, y en este apartado nos centraremos en el paso a seguir frente a las ocupaciones de viviendas.
Paso 1 – Identificación del inmueble
Se trata de determinar cuál es el inmueble en cuestión. Es decir, dirección exacta del mismo, en que localidad se encuentra (para definir también la jurisprudencia), que características tiene (¿Se encuentra en una finca? ¿Es un piso o una casa? ¿Qué tamaño aproximado tiene?), cómo es su alrededor (barrio, edificaciones, urbanización, etc), todos los datos que se puedan recolectar serán útiles para la investigación. Lo importante aquí es reunir la mayor cantidad de información posible.
Paso 2 – Identificar a los ocupantes
Cuando se denuncia informalmente la ocupación de una vivienda (es decir, sin una denuncia legal conforme), la policía deberá como segundo paso del protocolo de actuación, solicitar a los ocupantes del inmueble en cuestión, un permiso o título legal que avale su estancia en dicha propiedad. En estos caso puede ocurrir que los ocupantes no posean tal documentación o bien, ni siquiera estén dispuestos a dar una respuesta, lo que puede suponer que tampoco tienen lo que se les solicita.
En este paso, también se deberá determinar cuántos ocupantes son y si hay menores de edad. Cuanto más específicos sean estos datos, mejor.
Paso 3 – Identificación del propietario
Puede suceder que la denuncia informal la haga el mismo propietario del inmueble, aunque en ocasiones la realizan terceros, como pueden ser vecinos o encargados de la administración de la finca en cuestión. En este último caso, la policía deberá ubicar al propietario para dar aviso del delito en que se encuentra su propiedad, y comunicarle la importancia de que realice la denuncia legal frente a una oficina policial.
Paso 4 – Registrar testigos
Frente a un caso de esta índole, los testigos resultan fundamentales. Por ello, poder identificar a aquellos que hayan presenciado el delito y solicitarles su testimonio en el caso, puede ser clave para reforzar la denuncia y lograr el pronto desalojo.
Paso 5 – Inspección de la vivienda
No siempre es algo posible, pero examinar el inmueble sirve, sobre todo, para determinar si hubo daños o no, sobre éste. Dado que, si los hubiese, la categoría del delito tendrá otros matices.
Paso 6 – Aviso a los ocupantes
La policía será la encargada de notificar a los ocupantes de la gravedad e ilegalidad de su accionar y sus respectivas consecuencias.
Paso 7 – Servicios sociales
En caso que hubiese menores ocupando la vivienda en cuestión, un paso sumamente importante dentro del protocolo de actuación es dar aviso a los servicios sociales correspondientes.
Paso 8 – Denuncia y desalojo
Una vez efectuada la denuncia legal frente a la policía por parte del propietario del inmueble ocupado, las fuerzas de seguridad se encuentran avaladas por la ley, para realizar el desalojo.