El número de okupas ha ido en aumento con el paso de los años. Por esa razón, los desokupas se han convertido en una herramienta indispensable para poder recuperar una casa, un piso o un apartamento.

En este artículo, vamos a repasar los distintos tipos de ocupaciones que existen: allanamiento y usurpación.

Qué es el delito de allanamiento

Los okupas cometen el delito de allanamiento si acceden a una vivienda que se encuentra habitada e intentan apropiarse de ella. Este delito está regulado por el código penal y puede ser penado con prisión.

Para que se pueda determinar el delito, debe existir la voluntad clara y concluyente del allanamiento. El morador es el propietario legal y quien decide quién puede ingresar y quién no. Además, las personas que habitan, además del propietario, también tienen el poder para autorizar o denegar la entrada a alguien ajeno.

En estos casos, los okupas cometieron el delito de allanamiento de morada. Las fuerzas de seguridad del Estado, pueden desalojarlos sin necesidad de una autorización judicial previa. El desalojo puede ser efectuado inmediatamente mientras se pueda comprobar que la vivienda se encuentra habitada. En el allanamiento, no existe un plazo para el desalojo por parte de las fuerzas del Estado.

Qué es el delito de usurpación

La usurpación ocurre cuando uno o un grupo de okupas acceden en un inmueble desocupado y se asientan en él transformándolo en su residencia sin el permiso de sus propietarios. En el Código Penal, se traza una diferencia si este delito fue realizado con o sin violencia o con o sin intimidación.

En el ordenamiento jurídico, no existe ninguna legislación que trate sobre el tiempo de usurpación para poder desokupar a los okupas. En caso de que las fuerzas de seguridad se presenten en el inmueble y los ocupantes no lo desalojen, la policía deberá identificar a estas personas para poder remitirlo al Juzgado.

Una vez en el Juzgado, se comienza el procedimiento del delito leve de usurpación. Sin embargo, en la actualidad las fechas de estos juicios se extienden en el tiempo a causa de la levedad del delito. Por lo que los okupas permanecen durante meses e incluso años en el inmueble utilizando los servicios y generando gastos para los propietarios.

Diferencias entre okupas de allanamiento y usurpación

Las diferencias son claras. La usurpación es considerada un delito leve bajo el artículo 245 del Código Penal. Su castigo es una pena de multa de tres a seis meses. Por otro lado, el allanamiento es un delito menos grave bajo el artículo 202 del Código Penal. Su pena incluye la prisión.

En los casos de usurpación, no es posible instaurar medidas cautelares debido a la gravedad del delito. En los allanamientos, sí es posible instaurar medidas cautelares en cuanto el juzgado comprueba que la vivienda ocupada no estaba abandonada.

Frente al delito de usurpación de una vivienda abandonada, las fuerzas de seguridad no pueden forzar el desalojo del inmueble. Si ocurre un allanamiento, sin considerar el tiempo en que los ocupantes han habitado la morada, se puede proceder a desokupar la vivienda por medio de la acción de las fuerzas armadas.

 

Esta web utiliza cookies propias para su correcto funcionamiento. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Más información
Privacidad