Cada pocos años, en España o en cualquier país, se produce un caso judicial controvertido en el que un propietario utiliza la defensa personal ante un intruso. Se podría pensar… Si alguien entra en mi propiedad, puedo defenderme como me parezca, ¿no? 

Pues no exactamente.  Desokupación Legal os aclara en este artículo la ley de defensa personal en el hogar.

Lo que constituye una fuerza razonable, o una respuesta justificable, y lo que se considera proporcional; todos estos son conceptos bajo la ley que son subjetivos, circunstanciales, y deben ser probados ante un tribunal. 

¿Cómo funciona la ley defensa personal en el hogar?

En el derecho penal español, la defensa personal se contempla en el artículo 20.4 del Código Penal, que describe las exenciones legales de responsabilidad penal en situaciones en las que las personas se defienden a sí mismas o a sus bienes (o defienden a otros o a sus bienes), si se cumple cada uno de los siguientes criterios:

  • El defensor responde a una agresión ilegítima que amenaza con un grave peligro personal de lesión inminente que se considera agresión ilegítima ante la ley. 
  • Los métodos utilizados para evitar o combatir esa agresión ilegítima son racionalmente necesarios.
  • No existe una provocación «suficiente» por parte del agresor.

Una persona queda exonerada de responsabilidad penal, incluida cualquier reclamación de indemnización, si su legítima defensa es contra la violencia ilegítima; que hubo una necesidad justificada de utilizar los medios empleados. Si el método, ya sea con un arma o no, estaba justificado y que la agresión no fue provocada por el propietario.

El artículo 20.4 establece que la entrada ilegal en una propiedad privada constituye violencia ilegal. Es decir, si alguien entra ilegalmente en tu casa tienes derecho, jurídicamente hablando, a defenderte si la situación cumple todos los demás criterios.

Sin embargo, debes demostrar que se cumplen estos requisitos para ser exonerado.

Armas para la autodefensa en España

En España hay armas. En 2017, el Estudio de Ginebra sobre Armas Pequeñas estimó que en España había hasta 780.000 armas de fuego de propiedad ilegal, pero esa cifra puede ser mayor.

Hasta 8.000 españoles con permiso especial para llevar armas por defensa personal: los declarados «de riesgo».

Los solicitantes deben demostrar que están en riesgo o temen por su vida. La mayoría de estos titulares de la licencia B son personajes públicos de alto nivel, como políticos o futbolistas, o aquellos que podrían entrar en contacto con delincuentes, como vendedores de armas, jueces o magistrados, y antiguos policías y militares. Las armas deben estar ocultas. 

En los últimos años, se debate sobre el uso de armas de fuego para la defensa personal en el hogar en España, con casos notables de propietarios de armas encarcelados por disparar en defensa personal, incluido un hombre de 80 años condenado a la cárcel tras disparar a un asaltante que entró en su casa de Tenerife y atacó a su mujer. 

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